¿La Corte Constitucional es injuzgable, intachable? Sí… pero sus miembros, no nos engañemos, no lo son.
- Omar Villafuerte
- 12 ago
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La oposición del gobierno de turno (en este caso, los correístas, principalmente) ha llorado a mares porque la Corte Constitucional no sancionó a Daniel Noboa por algunos “excesos” cometidos durante su mandato:
Asalto a una embajada extranjera: y no, no fue por deporte extremo, fue para recapturar a un prófugo de la justicia.
Enviar a la vicepresidenta Abad a Israel: tampoco fue turismo improvisado, sino para prevenir una posible “traición estilo Lenín” (gracias, Dios).
No pedir licencia sin sueldo para hacer campaña desde Carondelet: con todo el aparato del Estado a la mano, ¿para qué, verdad?
Sí, todas estas —y unas cuantas más que quizá olvido— son arbitrariedades y abusos que un presidente puede cometer… y los cometió. Justo por eso la Corte Constitucional está ahí: para halar de las orejas, poner límites y recordarnos que ni tú, ni yo, ni el que gobierna puede hacer lo que le venga en gana. Por eso hay que defender que exista una Corte Constitucional que solo está para vigilar que se cumpla lo que dice en la Constitución.
Pero… ¿qué pasa si en vez de jueces íntegros tenemos a una corrupta tipo Pamela Martínez, una Pichi Corte hecha a la medida del presidente, ¿o una Corte Cervecera obediente a los poderes torcidos?
En la consulta popular de diciembre de 2025 habrá una pregunta clave: ¿Se puede someter a los miembros de la Corte Constitucional a juicio político por incumplimiento de funciones? Subrayo: a los miembros, no a la Corte como institución. Porque, a ver, todo funcionario público debe estar sujeto a control, ¿o no?
Es verdad, los jueces constitucionales deberían ser impolutos… pero siguen siendo humanos (y el que esté libre de pecado, que tire la primera piedra). Y como humanos, se equivocan. Tener la posibilidad de un juicio político —con sanciones administrativas o penales— no solo los haría pensar dos veces antes de meter la pata, sino que, con suerte, las pifiadas serían menos graves.
Ejemplo: el exjuez Ramiro Ávila Santamaría votó a favor del matrimonio igualitario cuando lo ético era abstenerse, dado que ya había militado, marchado y promocionado esa causa. Es como poner a un juez de pensiones alimenticias que él mismo está demandado por no pagar, o un juez de tránsito sin puntos en la licencia y con multas por cientos de dólares.
Claro, tampoco se trata de que cualquier asambleísta que en lugar de legislar se dedica a dibujar caricaturas pueda “juzgar” a un juez con trayectoria académica y profesional sólida. Eso sería igual de absurdo que dejar a la zorra cuidando el gallinero.
En resumen: sí, los jueces de la Corte Constitucional deberían poder ser sometidos a juicio político… pero la gran pregunta es: ¿quiénes tendrían la autoridad (y la altura moral) para juzgarlos?
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